jueves, 13 de julio de 2017



El 16J nos vemos!
Por Jesús Castellanos Vásquez

Al momento de comenzar a escribir estas líneas recordé un debate sobre democracias representativa vs participativa en el que me tocó intervenir como estudiante en el Magister en Gestión y Políticas Públicas de la Universidad de Chile en 1998. En aquel momento, nuestra Constitución vigente (1961) era de tipo representativa a diferencia de la Carta Magna colombiana, aprobada en 1991, la cual incorporaba importantes elementos de participación ciudadana tales como consultas populares y el voto programático. Por un hecho meramente aleatorio me correspondió defender el modelo representativo y si bien expuse elementos favorables, por ejemplo, que frente a sociedades modernas es prácticamente imposible consultar a todos en todo momento, la famosa tiranía de la mayoría, la facilidad que la representación define en la toma de decisiones del Estado, el ejercicio del gobierno en manos de quienes “más saben”, y por último, que el esquema representativo no excluye necesariamente la participación, no dejé de pensar por un momento en la obra seminal de Putnam “Making democracy work’”[1] y su constatación de dos “Italias”, la de norte y la del sur, visiblemente diferenciadas, entre otras razones, por la cultura cívica y los efectos que ésto generaba.

Una democracia es incompleta y funciona mal si se erige únicamente como un procedimiento de delegación del poder a través del voto. La actuación ciudadana en la esfera pública es fundamental para fortalecer este tipo de sistema político, noción que defiendo incluso ante decisiones altamente controversiales y hasta posiblemente perjudiciales como lo ocurrido en el Reino Unido con el Brexit, el referendo de paz colombiano, las votaciones por candidaturas radicales de ultra izquierda o derecha o por ofertas populistas. Un régimen, a mi juicio, es realmente democrático si refleja fielmente el sentir de la gente y para ello, el voto es solo una de las posibles vías, asunto, vale destacar, que fue recogido nítidamente en el espíritu y articulado de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999, al establecer diversos mecanismos de participación, a saber: consultas, asambleas, iniciativas de Ley, por citar algunos.

En ese marco y frente a la existencia de un régimen caracterizado por las claras violaciones al hilo constitucional; inexistencia de separación de poderes; feroz represión (decenas de muertes, presos políticos, torturas); atentado contra los DDHH; negación de elecciones, etc., los venezolanos tendremos el próximo 16 de julio el derecho a concurrir a un plebiscito, consulta inédita no solo por su naturaleza sino porque ha sido organizada por el partido Mesa de la Unidad Democrática (MUD), junto a la sociedad civil y con el apoyo del Poder Legislativo Nacional en vista de la evidente subordinación del Consejo Nacional Electoral, órgano con competencia directa en materia de elecciones y consultas, al ejecutivo nacional, amén de su demostrada adhesión a la dictadura.

Dentro y fuera de las fronteras se nos ha convocado para dar nuestra opinión acerca de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal, instancia violatoria de la CRBV y peor aún, contraria a la soberanía del pueblo, así como sobre la Fuerza Armada Nacional y su deber de obedecer y defender nuestro marco jurídico y, la necesidad de renovar las autoridades de los poderes públicos nacionales como consecuencia de unas verdaderas elecciones libres y limpias, tema que como he mencionado en artículos anteriores[2] no se ha cumplido en Venezuela desde hace muchos años. No queda duda que es un ejercicio de democracia, soberanía, libertad, pero más que todo, de preocupación por el futuro, y ¿por qué no decirlo? de verdadero amor a la patria.

Para concluir, este proceso es constitucional gracias a que nuestro sistema es, conforme a la CRBV, participativo y protagónico (Exposición de motivos, artículos 5,6, 62,70) y porque además, de acuerdo a los artículos 131, 333 y 350, todos y cada uno nosotros somos responsables, vigilantes y defensores de su debido respeto. No perdamos la oportunidad de rescatar la democracia y la libertad en nuestro país.

viernes, 26 de mayo de 2017


Elección de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal. ¿Un proceso técnicamente viable?
Por Jesús Castellanos Vásquez

Seguramente al leer el título muchos considerarán que es un ejercicio sin sentido analizar la viabilidad técnica de una elección que de antemano no cumplirá con los mínimos democráticos, constitucionales e incluso rigurosidad procedimental y que pese a todo, posiblemente será celebrada a finales del mes de julio, de acuerdo a lo expresado por Tibisay Lucena en días pasados. Es más, aseguro que no pocos sabrán que buena parte ya está adelantado en el Consejo Nacional Electoral (CNE), pese a que las bases comiciales recién fueron entregadas el día 23 de mayo. No obstante, me siento obligado a reflexionar sobre elementos técnicos de estos comicios que pueden poner en serios aprietos al CNE y que además, demuestran el talante no democrático de éste y su abierta inobservancia al Estado de Derecho, la voluntad popular y a los principios democráticos a los cuales está obligado a garantizar.

Debe quedar claro que la elección de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal, a mi juicio es necesario enfatizar este último pues revela  su naturaleza contraria al concepto de democracia definido en la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es inconstitucional por muchas razones, entre las cuales destaca la subordinación de la soberanía popular a la voluntad de Maduro, al momento que éste asume la convocatoria de la elección de la ANCC  y la definición de  las bases comiciales sin el consentimiento expreso de los venezolanos.

Más grave aún es la declaración, una vez asumida funciones, de considerarse como EL PODER ORIGINARIO (Numeral 11). Si bien es cierto que una vez cumplidas con el marco  constitucional, no es éste el caso, una Asamblea Nacional Constituyente se le confiere la competencia de redactar una nueva constitución, amén de otras funciones, no lo es menos que el poder originario siempre recae en el pueblo. De allí que preocupe enormemente, por ejemplo, que se deje a discrecionalidad de esta instancia la decisión de someter o no el proyecto de Constitución al verdadero titular de la soberanía.

Pero el asunto no queda allí. Al plantear elecciones sectoriales se trasgrede el principio de universalidad del voto, tanto en el sufragio activo (derecho a elegir) como del sufragio pasivo (derecho a ser electo). En esta elección solo podrán votar o postularse los que correspondan, y estén incluidos en el  “subregistro electoral” de un sector. ¿Y quiénes no pertenezcan o peor aún, no hayan sido incorporados? Por otra parte, se generan inequidad entre los electores al definir elecciones territoriales por municipio, generando asimetrías en el peso electoral de votantes en municipios de baja densidad poblacional frente a otros de localidades mediana o densamente pobladas, en pocas palabras, se viola el principio de igualdad en la elección. A eso debe sumarse que los electores de los municipios capitales de Estado dispondrán de dos votos territoriales (nominal y lista)  frente a los del resto que solo tendrán derecho a uno solo (nominal). Vale decir que no incluyo los sectoriales pues el sistema de votación aún no ha sido establecido.

Visto ésto pasemos a la parte más instrumental. Esta elección desde el punto de vista técnico es, además de ajena al marco normativo venezolano, a mi juicio poco viable procedimentalmente tomando en consideración los aspectos definidos en las bases comiciales y partiendo de la premisa temeraria que los mismos serán cumplidos así sea muy parcialmente. Vayamos por orden.

1.    En el caso de los constituyentes sectoriales, se plantea la existencia de varios grupos (empresarios, estudiantes, pensionados, campesinos, etc.) que elegirán a sus representantes. A pesar que no existen pautas claves acerca de cómo será la votación se expresa lo siguiente.
·         Se crearán subregistros electorales sectoriales. La primera advertencia de las bases es que no existen y por tanto el CNE deberá construirlas (Numeral 5), lo cual constituye un trabajo altamente complejo por la cantidad de sectores,  personas involucradas y fuentes generadoras de información para la conformación de la data. Queda claro que estos subregistros requieren además de la fase de elaboración, una etapa de impugnación, por aquellos que no fueron incluidos o por el contrario que fueron incorporados indebidamente y,  una de elaboración final. Ésto implica la utilización de importantes recursos financieros, humanos, organizativos y tecnológicos.
En Venezuela tenemos un ejemplo de la formación de la base de datos solo de organizaciones sindicales, no de afiliados, en el año 2000, en el marco de la renovación sindical. Duró unos cuantos meses y pese al gran despliegue de recursos  tuvo fallas que debieron ser corregidas en el desarrollo de la elección. Imaginemos por un momento el sector estudiantes. Se requiere para ello información no solo de universidades privadas y públicas, colegios e institutos universitarios, tecnológicos,  educación media (mayores de 18 años de edad), diferentes tipos de misiones, etc. hagan el mismo ejercicio para los demás sectores.
·   Y el asunto no concluye allí. Las mismas bases estipulan que para evitar que una persona vote en más de un sector (Numeral 5), el CNE debe cruzar las datas conforme a un criterio de prelación.
·         Solo una vez que esto haya sido concluido es que se pueden elaborar los cuadernos de votación y, en el caso que se pueda, colocar la data en las máquinas de votación.
·       No es un misterio la situación actual de la base de datos de los Consejos Comunales en el país. No solo existen serias sospechas que no está actualizada y que se han evitado nuevas elecciones sino que además en algunos casos las organizaciones existentes se han disuelto por motivos que no son el tema de este artículo.

2.    El tema de las postulaciones no es menor. Se entiende que conforme a las bases existirán, cuando menos: postulaciones municipales nominales, postulaciones lista en los municipios capitales, postulaciones por sector y postulaciones indígenas. Quien conoce de materia electoral sabe lo complejo y costoso de la inscripción de candidaturas a nivel local y a eso debe sumarse la inexistencia de criterios claros para el caso sectorial.  Este proceso es el que da inicio a la elaboración de las boletas electorales y la configuración de las candidaturas en las maquinas de votación.

3.    Como si no fuese suficiente, en las postulaciones se contempla la figura de los grupos de electores a nivel municipal, asunto que puede ser muy dificultoso a juzgar por lo ocurrido en la solicitud del referendo revocatorio. ¿Utilizarán los mismos criterios para la denominación del grupo y validación de firmas para estos casos? ¿Y los reparos? Seguramente que no, pero es otro elemento técnico para la reflexión.

4.    La automatización es otro de los retos. Alinear las máquinas con la data de electores por sectores y territoriales y las postulaciones constituye uno de los principales desafíos del CNE. (En lo particular soy de la idea que este proceso tendrá un fuerte componente manual).

En conclusión, la ANCC, además de ser un monstruo inconstitucional, es de difícil instrumentación. Suponemos que el ente electoral maneja el escenario que todo puede ser controlado dado que el público interesado es poco y obediente y por tanto no existirán cuestionamientos en ninguna de las fases. Por otra parte, la oposición, al no participar, no hará exigencia de transparencia en los procedimientos. Esto determina, sin duda alguna, una apuesta arriesgada. Soy de la tesis que  con un mínimo de exigencia o incluso la participación del chavismo crítico, por citar algún sector más allá de lo que el PSUV y el CNE tienen contemplado, se puede poner en jaque a un evento que a todas luces está siendo construido al margen de la ley, de los mínimos democráticos y de la experiencia probada del organismo. Espero no equivocarme. 


miércoles, 12 de octubre de 2016


¿CUÁNDO SON LAS ELECCIONES LIMPIAS Y LIBRES?

De Jesús Castellanos Vásquez


            Usualmente vemos en los medios de comunicación y en múltiples fuentes el uso de elecciones limpias y libres para aludir a esquemas ideales de elecciones, no obstante, no siempre es tan fácil identificar su significado y alcance. La tarea de estas líneas es brindar nociones mínimas que permitan la construcción de un mapa y el debate sobre ambos conceptos. Previo,  introduciremos dos ideas principales sobre las elecciones que comúnmente tienden a ser utilizadas de forma inadecuadas, incluso, manipuladoramente.

1.  No todo régimen que hace elecciones es democrático. En la literatura de ciencias políticas es posible encontrar una enorme cantidad de evidencias que constata que si bien la celebración de elecciones constituye un elemento fundamental de toda democracia, su realización por sí sola no debe suponer la existencia de un régimen democrático.

          Un esquema que se tiende a utilizar pues, pese a su sencillez, resulta muy ilustrativo es el de la importancia de las elecciones del Profesor Dieter Nohlen, en el cual se destacan tres tipos de elecciones según sus características y el régimen político de adscripción: Elecciones Competitivas, en la cual las elecciones son importantes para el sistema político; existe libertad para elegir entre diferentes opciones y de postular candidatos sin más restricciones que las definidas en Ley, además de la posibilidad real de cambiar el gobierno y legitimidad del sistema. Las elecciones competitivas son claramente elecciones democráticas. Por otra parte, se consideran Elecciones Semicompetitivas, asociadas a regímenes autoritarios, aquellas donde la importancia para el sistema político es relativa, no hay libertad de elegir y de ser elegido, rara vez se cambia el gobierno y genera poca legitimidad. Cuando las elecciones son aún más limitadas y la importancia en el sistema político, el cambio de gobierno y legitimación son nulos, estamos en presencia de Elecciones No Competitivas, propias de regímenes totalitarios (Nohlen, 1995;15)   

2.  No toda elección es democrática. Para que una elección sea realmente democrática debe cumplir con un conjunto  de requisitos fundamentales que, a ciencia cierta, siempre son tema de discusión en la ciencia política. Pese a la existencia de dicho debate, resaltan siempre cuatro elementos que el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ha recogido en un índice denominado Índice de Democracia Electoral (IDE), el cual incluye:

·       Derecho al voto. Se refiere al sufragio universal considerado como el mínimo fundamental en la medida que sin  él “los demás logros se vacían de contenido” (PNUD, 2004;75). Este indicador se preocupa por verificar la posibilidad real que todo ciudadano tenga el goce del sufragio, salvo aquellas restricciones legales reconocida, relacionadas con grupos como: militares, fuerzas de seguridad, clero, nacionales con residencia en el extranjero, entre otros.

·             Elecciones Limpias. “Las elecciones son consideradas “limpias” cuando el proceso electoral se desarrolla sin irregularidades que limiten a los votantes para expresar autónoma y fielmente sus preferencias por algún candidato. (PNUD, 2004; 76)

·                 Elecciones Libre. “Las elecciones son consideradas “libres” cuando se le ofrece al electorado una variedad de opciones que no esté limitada ni por restricciones legales ni por la fuerza. (PNUD, 2004; 77)

·            Cargos públicos electos. “Las elecciones son consideradas el medio de acceso a los principales cargos públicos de un país, esto es, el Ejecutivo y Legislativo nacional, si los que ganan elecciones asumen sus cargos públicos y permanecen en sus cargos durante los plazos estipulados por la ley. En el caso de que sean reemplazados ocupantes de cargos públicos, se evalúa la forma de remoción del cargo y de selección de reemplazantes” (PNUD, 2004; 79)

            Dicho esto, seguro surgen interrogantes cómo: ¿Qué significan realmente los conceptos de Elecciones Limpias y Libres?; ¿Son éstos los únicos requisitos para considerar a una elección democrática?

            Larry Diamond, Profesor de la Universidad de Stanford, considera como elecciones libres aquellos casos donde “los obstáculos legales para entrar en la arena política son mínimos, cuando hay libertad sustancial para los candidatos y seguidores de diferentes partidos políticos para hacer campaña y conseguir votos y cuando los votantes experimentan poca o ninguna coerción en el ejercicio de su derecho al voto” (Diamond. 2002; 127). Es decir, para él, a diferencia del IDE, el concepto incluye no solo la libertad de postular y ser postulado (sufragio pasivo) para cargos de elección popular y de promocionar sin mayores restricciones su oferta electoral, sino también la de los electores de escoger sin ningún tipo de coacción o factor limitador (sufragio activo).

            En cuanto a la acepción de elecciones limpias, también denominado  justicia electoral o elecciones justas o transparentes, tenemos que se refiere a la inexistencia de irregularidades “que constriñan la expresión autónoma de preferencias de los votantes por candidatos y altere el conteo fidedigno de los votos emitidos” (PNUD, 2004; 79). En este punto entramos en la compleja acepción de fraude electoral, elemento que hasta la fecha continúa en discusión y que por los momentos lo vincularemos con la existencia de violaciones significativas a los procedimientos democráticos establecidos y principalmente a la voluntad popular, en el marco de un determinado comicio.

            En el caso de elecciones limpias, a diferencia de elecciones libres, es un poco más complicado identificar los elementos útiles para verificar su existencia o no, entre otras razones, por la multiplicidad de posibles indicadores. Es gracias a ello que nos permitimos citar nuevamente al profesor Diamond quien sostiene que las elecciones son justas cuando:

a.     Son administradas por una autoridad neutral;
b.     La administración electoral es suficientemente competente y recursiva para tomar precauciones específicas contra el fraude al votar y en el conteo de votos,
c.     La policía, el ejército y la Corte tratan a los partidos que compiten de forma imparcial en todo el proceso
d.     Los contendores tienen acceso a los medios públicos
e.     Los distritos y reglamentos electorales no ponen sistemáticamente en desventaja a la oposición
f.      El monitoreo independiente de la votación y el conteo de votos es permitido en todas las localidades
g.     El secreto del voto es permitido
h.     Virtualmente todos los adultos pueden votar
i.      El procedimiento para la organización y el conteo de votos es transparente y conocido por todos
j.      Hay un procedimiento claro e imparcial para resolver reclamos y disputas (Diamond, 2002; 128)

            En pocas palabra, la existencia de reglas claras, pluralidad de los actores postulantes, equidad de la competencia, garantías mínimas electorales como el sufragio universal y el secreto del voto y, la capacidad e imparcialidad de los actores organizadores y ejecutores del proceso electoral, fundamentalmente de la administración de elecciones, son factores claves para evaluar la existencia o no de elecciones limpias, justas o transparentes.

            O´Donnell sostiene que para que las elecciones sean limpias[1] también es necesario que las elecciones sean decisivas, o lo que es lo mismo, 1) que aquellos que resultan ganadores logren ocupar las respectivas posiciones gubernamentales; 2)que los funcionarios elegidos puedan efectivamente tomar las decisiones vinculantes que un marco legal democrático/ constitucional normalmente autoriza y; 3) que los funcionarios elegidos finalicen sus mandatos de acuerdo a los plazos o bajo las condiciones estipuladas por dicho marco legal. (PNUD (b), 2004; 22-23). Con esto se está enfatizando que las elecciones son mucho más que un mecanismo de designación, concepto meramente instrumental; advirtiendo que obligatoriamente deben significar la posibilidad real de que los electos asuman sus cargos por decisión popular y puedan, en consecuencia, cumplir con las competencias asignadas en la totalidad de su período de mandato.

            De igual manera sostiene que unas elecciones serán limpias cuando éstas sean institucionalizadas, cuestión que ocurre cuando todos los actores políticos dan por descontado que este tipo de elecciones continuarán siendo realizadas de la misma forma en un futuro indefinido, en fechas legalmente preestablecidas (en sistemas presidencialistas) o, de             acuerdo a ocasiones legalmente preestablecidas (en sistemas parlamentarios). (PNUD (b), 2004; 22-23)

            A los fines de revisar la existencia o no de democracia en los procesos electorales y siguiendo con los conceptos de elecciones limpias y libres, Freedom House ha desarrollado un esquema evaluativo, Freedom in the World, compuesto, para la parte electoral, por tres ítems: La elección limpia y libre del representante ejecutivo nacional, la elección limpia y libre de los representantes al legislativo nacional y sobre las leyes electorales y reglamentación transparentes. En lo que concierne al Representantes al ejecutivo nacional así como para legisladores nacionales, las interrogantes formuladas son:

·         ¿Hubo monitoreo electoral por organizaciones nacionales y/o internacionales a los fines de verificar  si las elecciones fueron limpias y libres?;
·         ¿Se produjeron dilaciones producidas por motivaciones políticas?;
·         ¿El registro de votantes y candidatos fue conducido de manera exacta, oportuna y transparente?;
·         ¿Pudieron los candidatos durante la campaña realizar discursos, celebrar  reuniones públicas y tener acceso a medios libres de intimidación?;
·         ¿Existió garantía del secreto del voto y libertad para votar?;
·         ¿Gozaron los electores de la capacidad de votar por los candidatos o partidos  libre de presiones indebidas o intimidación?;
·         ¿Fue el escrutinio contabilizado transparentemente y su reporte ejecutado honestamente con los resultados oficiales?. Pudieron los diferentes grupos interesados observar el escrutinio para garantizar su honestidad?;
·         ¿El voto de cada elector tiene el mismo peso a los fines de definir una representación equitativa?
·         ¿La elección inmediatamente anterior al cargo en cuestión fue considerada limpia y libre?
·         ¿Fueron las elecciones subnacionales limpias y transparentes? ¿Tuvieron una conducta
·         diferente a las nacionales en cuanto a los derechos políticos?

En cuanto a la justicia de las leyes y marco normativo electorales tenemos:

·         ¿Existe un claro, detallado y justo marco normativo electoral (los cambios de reglas electorales no deben hacerse inmediatamente anteriores a las elecciones si estos afectan o infringen a los candidatos o partidos)?
·         ¿Son las comisiones electorales u otras autoridades electorales, independientes y libres de la presión e/o interferencia del gobierno o de otro tipo?.
·         ¿Es la composición de la comisión electoral justa y balanceada?
·         ¿Las conductas de las comisiones electorales u otras autoridades electorales son efectivas y de manejo competente?
·         ¿Los ciudadanos adultos gozan de sufragio igual y universal? (Se exceptúan casos como por ejemplo suspensión por razones de incapacidad legal o mental o comisión de crímenes graves)
·         ¿En la conformación de las circunscripciones electorales se observa un manejo sesgado o viciado?
·         ¿Ha sido manipulado la selección del sistema electoral para la escogencia de parlamentarios a objeto de beneficiar intereses políticos o influenciar los resultados electorales?(https://freedomhouse.org/report/freedom-world-2012/methodology#.VcoNzjZRHIV)

            The Economist, por su parte, ha propuesto un modelo que pudiéramos considerar complementario al de Freedom House, denominado Index of democracy. El Index of democracy en la parte de elecciones incluye lo siguiente:
1.     ¿Son las elecciones nacionales libres?  (inexistencia de restricciones para la participación)
2.     ¿Son las elecciones nacionales limpias/justas? (inexistencia de irregularidades)
3.     ¿Son las elecciones locales libres y limpias/justas?
4.     ¿Existe el sufragio universal?
5.     ¿Inexistencia de mecanismos de intimidación por parte de instancias gubernamentales o no gubernamentales?
6.     ¿La legislación define condiciones de igualdad de oportunidad en la campaña electoral?
7.     ¿El proceso de financiamiento de los partidos políticos transparente y generalmente aceptado?
8.     ¿Están los mecanismos de transferencia de poder de gobierno establecidos, claros y aceptados?
9.  ¿Están los ciudadanos en la capacidad de formar partidos políticos de forma independiente del gobierno?
10.  ¿Tiene la oposición realmente la probabilidad de formar gobierno?
11.  ¿Existe acceso a todos los ciudadanos de las oficinas públicas?
12.  ¿Son los ciudadanos libres de formar organizaciones política y cívicas de interferencia estatal? (http://www.economist.com/media/pdf/DEMOCRACY_INDEX_2007_v3.pdf)

      Como puede verse son varios los elementos en común de ambos modelos, entre ellos,  la preocupación por la existencia de elecciones limpias y libres, la universalidad del sufragio, la inexistencia de mecanismos de coerción y la equidad en la competencia electoral. Se subraya el énfasis que hace Freedom House de revisar factores como la observación electoral nacional e internacional así como la imparcialidad de la administración electoral, no solo en su composición, sino también en: a) la conformación de las circunscripciones electorales, b) el respeto a las reglas de juego, c,d) el manejo del registro de electores y de candidatos y, e) en general de sus actuaciones. The Economist enfatiza en vigilar lo atinente a la oposición, en particular su competitividad al momento de intentar acceder al poder, la capacidad de formar partidos políticos y la transferencia de poder.

                Las elecciones limpias y libres, o dicho de otra forma, la existencia o no de fraude electoral y de competitividad electoral, respectivamente, se convirtieron en categorizaciones difíciles de medir y muchas veces ambiguas, entre otras razones, por sus naturalezas genéricas establecidas así precisamente para investigar múltiples casos a través de una perspectiva comparada. El reconocimiento que la evaluación de elecciones resultaba insuficiente bajo estas construcciones teóricas ha dado pie al surgimiento de nuevas propuestas de las cuales destacamos por considerarla la más completa la referida a la Integridad Electoral, entendida como el análisis de elecciones a través de estándares y principios internacionales, aplicado universalmente en el que se revisan los pasos del ciclo electoral, incluidos el período preelectoral, la campaña, el día de las votaciones y los actos posteriores. (Norris; 2014)

            En la figura Número 1, del libro Why electoral integrity matter (2014) de Pippa Norris se observan los once pasos de un ciclo electoral, es decir los elementos que facilitan  la evaluación de unas elecciones. Son variables del modelo: Administración electoral (Electoral Management Bodies, EMBs, por sus siglas en Inglés,), leyes electorales, procedimientos electorales, construcción de circunscripciones, registro de electores, de partidos y postulaciones, financiamiento y acceso en la campaña electoral, proceso de votación, escrutinio y la generación de resultados. (Norris,2014; 34).


  
FIGURA 1. LOS 11 PASOS DEL CICLO ELECTORAL


Fuente: Norris, Pippa (2014). Why Electoral Integrity Matter. Pág. 34


            Vale decir que en cada uno de estos pasos se puede revisar la existencia de transparencia y eficiencia en un proceso electoral y que la consideración de dichos elementos es lo que arroja una conclusión más rigurosa acerca de la calidad democrática de una elección.

            Otro estudio que vale la pena citar, haciendo la acotación que el mismo fue aplicado a una realidad muy puntual como lo es la democracia en Costa Rica, es la Auditoría ciudadana sobre la calidad de la democracia (Estado de la Nación, 2001) en el cual se intentaba evaluar la existencia en este país centroamericano de las condiciones de su régimen político y sí en efecto se podía considerar como democrático bajo rigurosos estándares. Dado que en esta nación es posible determinar la existencia de elecciones limpias y libres en los términos antes planteados, este estudio estableció como aspiraciones un conjunto un tanto distinto de variables que permitan elevar aún más el nivel de competitividad y por ende de democracia. He aquí los parámetros:

·         Las y los candidatos a cargos públicos no enfrentan prejuicios sociales y culturales que disminuyen su elegibilidad
·          La ciudadanía tiene información veraz, oportuna y objetiva para evaluar a los y las candidatas a cargos públicos y sus ofertas electorales.
·         Los partidos políticos emergentes y los minoritarios no enfrentan barreras arbitrarias para ejercer su representación.
·          Las y los líderes políticos respetan el Estado de derecho y los derechos civiles y políticos de sus oponentes durante las campañas electorales. (Estado de la Nación, 2001; 156)



Fuentes
·         
·         Diamond, Larry. 2002. ““Elections without Democracy. Thinking about Hybrid regimes” Journal of Democracy Vol. 13, (2) National Endowment for Democracy and The Johns Hopkins University Press.
t    Estado de la Nación. 2001. Auditoría ciudadana sobre la calidad de la democracia. Costa Rica.
·         PNUD 2004 (a). La Democracia en América Latina. Hacia una democracia de ciudadanos y ciudadanas.
·         PNUD 2004 (b). El debate conceptual sobre la democracia.
·         Nohlen, Dieter. (1995). Elecciones y sistemas electorales. Nueva Sociedad. Caracas.
·         Norris, Pippa. (2014). Why electoral integrity matters. Cambridge University Press.New York.



[1] Para este autor el concepto de elecciones libres está incluido en elecciones limpias