viernes, 20 de octubre de 2017


Sr. Arévalo Méndez Romero. Embajador de Venezuela en Chile

Si bien se comprende su mandato de defender al actual gobierno venezolano considero que los argumentos expuestos por usted en el diario La Tercera en fecha 20.10.2017 son altamente debatibles y por tal motivo me permito escribir estas cortas líneas:

1.     “Reconocidos centros internacionales referentes en materia electoral lo han manifestado: es imposible un fraude técnico en Venezuela”.
FALSO. Para la academia mundial no es un secreto que los procesos electorales en Venezuela desde hace ya unos cuantos años atrás, especialmente desde la elección presidencial de 2012, no son limpios ni libres. Índices como el del Proyecto de Integridad Electoral de la Universidad de Harvard (https://www.dropbox.com/s/a7az1ruv7oh581b/The%20Year%20in%20Elections%202013%2024%20Feb%202014.pdf?dl=0#pageContainer85) o el de Freedom House (https://freedomhouse.org/report/freedom-world/freedom-world-2013 ), por citar solo dos, han revelado enormes deficiencias en materia democrática-electoral en nuestro país. Tal posición ha sido compartida por instancias como la Organización de Estados Americanos, el Centro Carter, IDEA Internacional o la Unión Europea. Si tiene dudas al respecto con todo gusto puedo suministrarle los informes, o mejor aún, puede bajarlos por internet ya que son de acceso público.

2.     “El sistema es blindado”.
Desconozco que significado le da usted a ésto, aunque es incuestionable que el sistema electoral venezolano no es democrático, ni transparente, ni apegado a Ley, ni equitativo ni plural. Como muestra solo mencionaré algunos de los elementos que dibujan el carácter no democrático de las Elecciones Regionales venezolanas de 2017.
a)     Convocatoria. El anuncio del proceso se hizo tardíamente, después de un año, y parcial pues se omitió la elección de los Diputados a los Consejos Legislativos Estadales, incumpliendo, sin ninguna motivación, el mandato constitucional (1999) y de la Ley de Regularización de los periodos constitucionales y legales de los poderes públicos estadales y municipales (2010);
b)     Campaña electoral viciada y financiamiento inequitativo y claramente violatorio del marco legal vigente. Nuevamente el PSUV se aprovecha de su condición de partido de gobierno para establecer enormes asimetrías en la promoción de la oferta electoral. He aquí unos informes de la Organización Transparencia Venezuela que resultan muy ilustrativos:
c)     Incumplimiento del proceso de sustitución de candidaturas. Pese a ser un mecanismo expresamente establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (2009) fue desconocido, afectando la oferta electoral opositora y más grave aún, el ejercicio del sufragio activo. El académico y constitucionalista venezolano José Ignacio Hernández nos señala la naturaleza y alcance de dicha actuación del Consejo Nacional Electoral (CNE).
d)     Cambio abrupto, a pocos días de las elecciones, de Centros de Votación. El ente comicial trasladó más de doscientos centros de votación y afectó a más de 700.000 electores sin una clara motivación y sin la debida publicidad, los cual compromete seriamente la integridad de la elección. Para demostrar por una parte que no hubo la debida publicidad y por el otro, poner en tela de juicio lo que señala Méndez Romero cuando dice: “Entre los días 14 y 15 de octubre, más de 200 centros fueron objeto de sabotaje de suministro eléctrico y de agua, lo que necesariamente provocó cambios de última hora” , he aquí el link donde se pueden revisar las noticias institucionales del CNE  y constatar la omisión de dicha información
e)     Actuación parcializada del CNE. Son muchas las evidencias en este sentido. Para no extenderme más, solo citaré uno especialmente ejemplarizante en donde una de las Rectoras del CNE informa sobre la posibilidad de conocer el centro de votación a través de SMS,  en el cual existía un mensaje a favor de los candidatos oficialistas.
f)      Y hay más elementos, por ejemplo, la hostilidad observada en los nuevos centros de votación por parte de fuerzas oficialistas, la reducción de la observación nacional, la inexistencia de observación electoral internacional, sustituida por la figura del “acompañamiento internacional”, la coacción y coerción a los funcionarios públicos y beneficiarios de las misiones gubernamentales, restricciones importantes a la libertad de información y prensa, la amenaza a los candidatos a subordinarse a la Asamblea Nacional Constituyente Inconstitucional, las irregularidades en la totalización del Estado Bolívar o la negación de juramentar a candidatos ganadores de la oposición.

Por su condición de Embajador, y más aún, por su vinculo con el proceso revolucionario chavista-madurista, no pretendo que sea un experto en estos temas de allí que me permita citar algunas fuentes de investigación. Los números sin un real contenido son igualmente subjetivos. Su escrito lo demuestra nítidamente.

PD. Ese mandato de defender a la revolución puede ser contrario a su deber como Embajador de la República Bolivariana de Venezuela. Téngalo presente!.


 Jesús Castellanos Vásquez

jueves, 13 de julio de 2017



El 16J nos vemos!
Por Jesús Castellanos Vásquez

Al momento de comenzar a escribir estas líneas recordé un debate sobre democracias representativa vs participativa en el que me tocó intervenir como estudiante en el Magister en Gestión y Políticas Públicas de la Universidad de Chile en 1998. En aquel momento, nuestra Constitución vigente (1961) era de tipo representativa a diferencia de la Carta Magna colombiana, aprobada en 1991, la cual incorporaba importantes elementos de participación ciudadana tales como consultas populares y el voto programático. Por un hecho meramente aleatorio me correspondió defender el modelo representativo y si bien expuse elementos favorables, por ejemplo, que frente a sociedades modernas es prácticamente imposible consultar a todos en todo momento, la famosa tiranía de la mayoría, la facilidad que la representación define en la toma de decisiones del Estado, el ejercicio del gobierno en manos de quienes “más saben”, y por último, que el esquema representativo no excluye necesariamente la participación, no dejé de pensar por un momento en la obra seminal de Putnam “Making democracy work’”[1] y su constatación de dos “Italias”, la de norte y la del sur, visiblemente diferenciadas, entre otras razones, por la cultura cívica y los efectos que ésto generaba.

Una democracia es incompleta y funciona mal si se erige únicamente como un procedimiento de delegación del poder a través del voto. La actuación ciudadana en la esfera pública es fundamental para fortalecer este tipo de sistema político, noción que defiendo incluso ante decisiones altamente controversiales y hasta posiblemente perjudiciales como lo ocurrido en el Reino Unido con el Brexit, el referendo de paz colombiano, las votaciones por candidaturas radicales de ultra izquierda o derecha o por ofertas populistas. Un régimen, a mi juicio, es realmente democrático si refleja fielmente el sentir de la gente y para ello, el voto es solo una de las posibles vías, asunto, vale destacar, que fue recogido nítidamente en el espíritu y articulado de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999, al establecer diversos mecanismos de participación, a saber: consultas, asambleas, iniciativas de Ley, por citar algunos.

En ese marco y frente a la existencia de un régimen caracterizado por las claras violaciones al hilo constitucional; inexistencia de separación de poderes; feroz represión (decenas de muertes, presos políticos, torturas); atentado contra los DDHH; negación de elecciones, etc., los venezolanos tendremos el próximo 16 de julio el derecho a concurrir a un plebiscito, consulta inédita no solo por su naturaleza sino porque ha sido organizada por el partido Mesa de la Unidad Democrática (MUD), junto a la sociedad civil y con el apoyo del Poder Legislativo Nacional en vista de la evidente subordinación del Consejo Nacional Electoral, órgano con competencia directa en materia de elecciones y consultas, al ejecutivo nacional, amén de su demostrada adhesión a la dictadura.

Dentro y fuera de las fronteras se nos ha convocado para dar nuestra opinión acerca de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal, instancia violatoria de la CRBV y peor aún, contraria a la soberanía del pueblo, así como sobre la Fuerza Armada Nacional y su deber de obedecer y defender nuestro marco jurídico y, la necesidad de renovar las autoridades de los poderes públicos nacionales como consecuencia de unas verdaderas elecciones libres y limpias, tema que como he mencionado en artículos anteriores[2] no se ha cumplido en Venezuela desde hace muchos años. No queda duda que es un ejercicio de democracia, soberanía, libertad, pero más que todo, de preocupación por el futuro, y ¿por qué no decirlo? de verdadero amor a la patria.

Para concluir, este proceso es constitucional gracias a que nuestro sistema es, conforme a la CRBV, participativo y protagónico (Exposición de motivos, artículos 5,6, 62,70) y porque además, de acuerdo a los artículos 131, 333 y 350, todos y cada uno nosotros somos responsables, vigilantes y defensores de su debido respeto. No perdamos la oportunidad de rescatar la democracia y la libertad en nuestro país.

viernes, 26 de mayo de 2017


Elección de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal. ¿Un proceso técnicamente viable?
Por Jesús Castellanos Vásquez

Seguramente al leer el título muchos considerarán que es un ejercicio sin sentido analizar la viabilidad técnica de una elección que de antemano no cumplirá con los mínimos democráticos, constitucionales e incluso rigurosidad procedimental y que pese a todo, posiblemente será celebrada a finales del mes de julio, de acuerdo a lo expresado por Tibisay Lucena en días pasados. Es más, aseguro que no pocos sabrán que buena parte ya está adelantado en el Consejo Nacional Electoral (CNE), pese a que las bases comiciales recién fueron entregadas el día 23 de mayo. No obstante, me siento obligado a reflexionar sobre elementos técnicos de estos comicios que pueden poner en serios aprietos al CNE y que además, demuestran el talante no democrático de éste y su abierta inobservancia al Estado de Derecho, la voluntad popular y a los principios democráticos a los cuales está obligado a garantizar.

Debe quedar claro que la elección de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal, a mi juicio es necesario enfatizar este último pues revela  su naturaleza contraria al concepto de democracia definido en la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es inconstitucional por muchas razones, entre las cuales destaca la subordinación de la soberanía popular a la voluntad de Maduro, al momento que éste asume la convocatoria de la elección de la ANCC  y la definición de  las bases comiciales sin el consentimiento expreso de los venezolanos.

Más grave aún es la declaración, una vez asumida funciones, de considerarse como EL PODER ORIGINARIO (Numeral 11). Si bien es cierto que una vez cumplidas con el marco  constitucional, no es éste el caso, una Asamblea Nacional Constituyente se le confiere la competencia de redactar una nueva constitución, amén de otras funciones, no lo es menos que el poder originario siempre recae en el pueblo. De allí que preocupe enormemente, por ejemplo, que se deje a discrecionalidad de esta instancia la decisión de someter o no el proyecto de Constitución al verdadero titular de la soberanía.

Pero el asunto no queda allí. Al plantear elecciones sectoriales se trasgrede el principio de universalidad del voto, tanto en el sufragio activo (derecho a elegir) como del sufragio pasivo (derecho a ser electo). En esta elección solo podrán votar o postularse los que correspondan, y estén incluidos en el  “subregistro electoral” de un sector. ¿Y quiénes no pertenezcan o peor aún, no hayan sido incorporados? Por otra parte, se generan inequidad entre los electores al definir elecciones territoriales por municipio, generando asimetrías en el peso electoral de votantes en municipios de baja densidad poblacional frente a otros de localidades mediana o densamente pobladas, en pocas palabras, se viola el principio de igualdad en la elección. A eso debe sumarse que los electores de los municipios capitales de Estado dispondrán de dos votos territoriales (nominal y lista)  frente a los del resto que solo tendrán derecho a uno solo (nominal). Vale decir que no incluyo los sectoriales pues el sistema de votación aún no ha sido establecido.

Visto ésto pasemos a la parte más instrumental. Esta elección desde el punto de vista técnico es, además de ajena al marco normativo venezolano, a mi juicio poco viable procedimentalmente tomando en consideración los aspectos definidos en las bases comiciales y partiendo de la premisa temeraria que los mismos serán cumplidos así sea muy parcialmente. Vayamos por orden.

1.    En el caso de los constituyentes sectoriales, se plantea la existencia de varios grupos (empresarios, estudiantes, pensionados, campesinos, etc.) que elegirán a sus representantes. A pesar que no existen pautas claves acerca de cómo será la votación se expresa lo siguiente.
·         Se crearán subregistros electorales sectoriales. La primera advertencia de las bases es que no existen y por tanto el CNE deberá construirlas (Numeral 5), lo cual constituye un trabajo altamente complejo por la cantidad de sectores,  personas involucradas y fuentes generadoras de información para la conformación de la data. Queda claro que estos subregistros requieren además de la fase de elaboración, una etapa de impugnación, por aquellos que no fueron incluidos o por el contrario que fueron incorporados indebidamente y,  una de elaboración final. Ésto implica la utilización de importantes recursos financieros, humanos, organizativos y tecnológicos.
En Venezuela tenemos un ejemplo de la formación de la base de datos solo de organizaciones sindicales, no de afiliados, en el año 2000, en el marco de la renovación sindical. Duró unos cuantos meses y pese al gran despliegue de recursos  tuvo fallas que debieron ser corregidas en el desarrollo de la elección. Imaginemos por un momento el sector estudiantes. Se requiere para ello información no solo de universidades privadas y públicas, colegios e institutos universitarios, tecnológicos,  educación media (mayores de 18 años de edad), diferentes tipos de misiones, etc. hagan el mismo ejercicio para los demás sectores.
·   Y el asunto no concluye allí. Las mismas bases estipulan que para evitar que una persona vote en más de un sector (Numeral 5), el CNE debe cruzar las datas conforme a un criterio de prelación.
·         Solo una vez que esto haya sido concluido es que se pueden elaborar los cuadernos de votación y, en el caso que se pueda, colocar la data en las máquinas de votación.
·       No es un misterio la situación actual de la base de datos de los Consejos Comunales en el país. No solo existen serias sospechas que no está actualizada y que se han evitado nuevas elecciones sino que además en algunos casos las organizaciones existentes se han disuelto por motivos que no son el tema de este artículo.

2.    El tema de las postulaciones no es menor. Se entiende que conforme a las bases existirán, cuando menos: postulaciones municipales nominales, postulaciones lista en los municipios capitales, postulaciones por sector y postulaciones indígenas. Quien conoce de materia electoral sabe lo complejo y costoso de la inscripción de candidaturas a nivel local y a eso debe sumarse la inexistencia de criterios claros para el caso sectorial.  Este proceso es el que da inicio a la elaboración de las boletas electorales y la configuración de las candidaturas en las maquinas de votación.

3.    Como si no fuese suficiente, en las postulaciones se contempla la figura de los grupos de electores a nivel municipal, asunto que puede ser muy dificultoso a juzgar por lo ocurrido en la solicitud del referendo revocatorio. ¿Utilizarán los mismos criterios para la denominación del grupo y validación de firmas para estos casos? ¿Y los reparos? Seguramente que no, pero es otro elemento técnico para la reflexión.

4.    La automatización es otro de los retos. Alinear las máquinas con la data de electores por sectores y territoriales y las postulaciones constituye uno de los principales desafíos del CNE. (En lo particular soy de la idea que este proceso tendrá un fuerte componente manual).

En conclusión, la ANCC, además de ser un monstruo inconstitucional, es de difícil instrumentación. Suponemos que el ente electoral maneja el escenario que todo puede ser controlado dado que el público interesado es poco y obediente y por tanto no existirán cuestionamientos en ninguna de las fases. Por otra parte, la oposición, al no participar, no hará exigencia de transparencia en los procedimientos. Esto determina, sin duda alguna, una apuesta arriesgada. Soy de la tesis que  con un mínimo de exigencia o incluso la participación del chavismo crítico, por citar algún sector más allá de lo que el PSUV y el CNE tienen contemplado, se puede poner en jaque a un evento que a todas luces está siendo construido al margen de la ley, de los mínimos democráticos y de la experiencia probada del organismo. Espero no equivocarme.