GLOSARIO
DEL AUTORITARISMO ELECTORAL VENEZOLANO DEL SIGLO XXI. (I)
De: Jesús Castellanos Vásquez.
A raíz de la
alocución pasada de Tibisay Lucena, Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE)
de Venezuela, en el marco de la solicitud para la activación del Referendo
Revocatorio Presidencial contra Nicolás Maduro, una conclusión posible es que
el ente electoral continúa innovando en
el actual régimen autoritario venezolano.
La figura de la semiconvocatoria, o una potencial convocatoria, planteada “siempre y cuando se cumplan los requisitos”,
acompañada de un cronograma tentativo, incompleto y con fechas posibles no hace
menos que corroborarlo. Tal declaración generó la inquietud para el presente
artículo, cuyo objetivo no es otro que enumerar, si eso fuere posible, los
diversos mecanismos que la administración electoral venezolana, o en su defecto
otro de los Poderes del Estado en
alianza con ésta, ha venido instrumentando en el periodo denominado Socialismo
del Siglo XXI. (1999-…) destinados a fortalecer al régimen chavista-madurista.
Dicha reflexión, vale la pena destacar, tiene al menos tres motivaciones: 1)
Revisar de forma crítica algunas aristas
de lo que el CNE ha llamado “el mejor sistema electoral del mundo”; 2)
Sistematizar las nuevas prácticas institucionales electorales reforzadoras del régimen y, 3)
Alertar de las mismas a la comunidad internacional a los fines de evitar su
propagación.
Cuando hablamos del sistema electoral nos referimos a una acepción amplia del término, como la concibe el CNE, la cual incluye todos los elementos asociados a una elección (normativos, procedimentales,administrativos,jurídicos,de automatización,etc). Varios de los voceros de la administración en Venezuela y otras figuras del gobierno han defendido el sistema electoral venezolano considerándolo como el más avanzado principalmente gracias a las constantes innovaciones tecnológicas. En este sentido es innegable que Venezuela posee una tecnología de punta en lo electoral que se evidencia en su sistema de votación automatizado a nivel nacional integrado con un sistema de identificación biométrico, numerosas y diversas auditorías a lo largo del proceso electoral y plataformas de transmisión y totalización altamente sofisticadas. No obstante, los informes de expertos a nivel mundial como los de Electoral Integrity Project, IDEA Internacional y CAPEL[1], sostienen que es un sistema con grandes fallas, ratificado por varias organizaciones de observación nacional y entes nacionales no gubernamentales expertos en el área (Proyecto Integridad Electoral UCAB, Súmate, Ciudadanía Activa), de allí que sea obligado preguntarse ¿Qué elementos del sistema electoral venezolano podrían considerarse dinamizadores de fallas, o peor aún, de vicios electorales?. He aquí una propuesta de glosario:
A
Acompañamiento
Electoral Internacional. Figura alternativa a la Observación Electoral
Internacional, creada en Venezuela en el año 2007 en la cual se respeta, a
juicio del ente electoral venezolano, la soberanía de los pueblos y cuyo objeto
fundamental es la comparación de las experiencias electorales y el establecimiento
de vínculos. Se trata de una observación electoral a corto plazo, con serias
limitaciones en el acceso a la información y
la exposición de resultados. (El Consejo decide el plan de observación y
restringe la divulgación de las conclusiones[2]).
“Es la respuesta al modelo anterior y viene
siendo asumido cada vez más por diversos países de la región (Venezuela,
México, Bolivia, Ecuador, Brasil). Es un nuevo
paradigma basado en el
entendimiento que la Democracia es un sistema progresivo de conquista de
derechos a través del ejercicio de la participación protagónica de los pueblos,
donde las elecciones son sólo uno de los elementos a tomar en cuenta”
“Permitir en un marco de respeto a los principios de soberanía, autodeterminación de los pueblos, no injerencia y respeto a las normas y autoridades electorales que autoridades, instituciones, organismos y personalidades de otros países puedan presenciar la fortaleza y transparencia de los procesos electorales que se realizan en la República Bolivariana de Venezuela, con el propósito de intercambiar experiencias y generar nuevos espacios de acercamiento” [3]
“Permitir en un marco de respeto a los principios de soberanía, autodeterminación de los pueblos, no injerencia y respeto a las normas y autoridades electorales que autoridades, instituciones, organismos y personalidades de otros países puedan presenciar la fortaleza y transparencia de los procesos electorales que se realizan en la República Bolivariana de Venezuela, con el propósito de intercambiar experiencias y generar nuevos espacios de acercamiento” [3]
B
Boleta Electoral Maliciosa. Instrumento de votación automatizado
que tiene una alta probabilidad de confundir al electorado. El más reciente
caso fue en las elecciones parlamentarias 2015 cuando el Consejo Nacional
Electoral permitió dos tarjetas electorales de partidos políticos con similar
nombre (Unidad) y color (Azul),
colocadas una al lado de la otra. La tarjeta de la Unidad correspondía al
principal partido de oposición, Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y la de Min
Unidad a un partido sin identificación clara en la polarización
chavismo-oposición.[4] (Quizás con esto pecamos
de ingenuidad).
C
Campaña en Precampaña. Posición oficial del Consejo Nacional Electoral de
obviar toda la promoción (o ataques) de las candidaturas electorales previa al
lapso de campaña electoral, por considerar que esta actividad solo se ejecuta
en el lapso definido en el cronograma electoral[5].
(El tema de la campaña electoral es aún más complicado pues ante la declaratoria
del CNE de ausencia de normativa específica, asunto cuestionado desde la
oposición,académicos, constitucionalistas y conocedores del área, se permite,
por ejemplo, al Presidente de la República, en su momento Chávez o ahora
Maduro, impulsar las ofertas electorales
del régimen en cadena nacional, -transmisión conjunta obligatoria de medios de
comunicación públicos (Radio y TV)-, dado que ellos en su momento ostentaban
también la condición de Presidente del Partido oficialista y eso formaba parte de sus derechos políticos).
Centros
de Votación “Chavistas” (Nuevo). En las elecciones parlamentarias del
2015 el Consejo Nacional Electoral modificó un criterio no escrito definido por
décadas de utilizar como centros de votación en el territorio nacional a las
instalaciones de los centros educativos. En esta oportunidad, el órgano
electoral incluyó como centros de votación espacios abiertamente vinculados al
régimen o a la figura de Hugo Chávez.[6] He
aquí un ejemplo:
Coordinador
del Centro de Votación. Figura designada por el Consejo Nacional
Electoral destinada a apoyar en labores logísticas al Centro de Votación[7],
que en muchos casos ha terminado convirtiéndose en los grandes decisores por
encima de los Miembros de Mesa, agentes definidos por Ley como la principal
autoridad en la Mesa Electoral. No son pocas las denuncias acerca de la
procedencia de los Coordinadores de Centro de Votación (base de datos
oficialista y parte de una estructura piramidal que incluye Coordinadores
Regionales y Municipales) y excesos en los diferentes eventos electorales, a
veces incluso en alianza con los Efectivos del Plan República (militares).
D
Designación
de Rectores del CNE afectos al régimen. Pese a la
disposición constitucional expresa de integración no partidaria del CNE (Art.
296 CRBV), La Asamblea Nacional (Poder Legislativo) en el año 2009 designó como
Rectora del Consejo Nacional Electoral a Tania D´Amelio,
Diputada a la Asamblea Nacional por
partidos oficialistas en las elecciones parlamentarias del 2000 y
del 2005. La otra Rectora designada en el año 2009 para el mismo
período, Socorro Hernández se vinculaba
al Ejecutivo Nacional pues llegó a ser Ministra del Poder Popular para
las Telecomunicaciones y la Informática
(2008-2009).
Directivas “express” de partidos políticos. Intervención desde el Poder Judicial en la conformación de las directivas de Partidos Políticos con fines electorales. En el año 2012 se pudo observar los casos de Podemos y PPT que una vez “intervenidos” terminaron apoyando, a pesar de la negativa previa, pública y notoria, de parte de su militancia al candidato presidencial del régimen para las elecciones presidenciales celebrada pocos meses después[8]. (Son más los casos, ver el pie de página en “Boleta Electoral maliciosa”)
I
Inhabilitación
Administrativa. Acción de la Contraloría General de la República (Órgano del Poder
Ciudadano) destinada a impedir el derecho al sufragio pasivo (postulación) que
ha vulnerado sostenidamente a muchos candidatos opositores (López, Machado,
Ceballos, Scarano, Pérez Vivas, Pérez, Rosales, Vecchio, y la lista es mucha
más larga), lo cual se considera contrario a derecho por contravenir la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lesionar derechos
políticos. Se sostiene que no debería tener dicho efecto pues solo las
decisiones judiciales pueden inhabilitar políticamente[9].
M
Monitoreo ciego
del financiamiento electoral. Pese al dispositivo constitucional que contempla la
prohibición del financiamiento con fondos del Estado en Venezuela (Art. 67
CRBV), el Tribunal Supremo de Justicia dictaminó en el año 2008[10] que el financiamiento público a las campañas
electoral estaba permitido, aunque para ello fuese necesario un cuerpo
normativo que hasta la fecha no se ha promulgado. A pesar de la “omisión
legislativa”, las organizaciones internacionales expertas en materia electoral
IDEA Internacional y CAPEL[11], solo
para citar algunos informes recientes, han expuesto en el marco de las
elecciones parlamentarias 2015 su preocupación ante el uso abusivo de los
recursos públicos principalmente por parte del partido oficialista y la
inequidad en la campaña electoral. Vale destacar que este tema no ha
constituido un problema o un asunto a resolver por la administración electoral
venezolana.
N
Neo
Gerrymandering. (Nuevo). Un nuevo tipo de diseño parcializado de las
circunscripciones electorales (Gerrymandering) pareciera haber sido adoptado en
Venezuela. En las elecciones parlamentarias 2015 el CNE decidió no variar el
mapa de circunscripciones de las parlamentarias 2010, pero a cambio modificó el
tamaño (número de escaños) de algunas de ellas y de la Asamblea, sustentándose
en estimaciones poblacionales, fuertemente cuestionadas, emanadas del Instituto Nacional de
Estadísticas (INE)[12].
Con la puesta en vigencia de la
Ley Orgánica de Procesos Electorales (2009) se adoptó un sistema electoral
combinado de tipo paralelo, aplicable
desde Diputados a la Asamblea Nacional hasta Concejales. Dada su propia
naturaleza, al igual que los sistemas de representación proporcional
personalizados vigentes en Venezuela desde 1992 hasta 2008, ha requerido el
diseño de circunscripciones electorales artificiales. Con la promulgación de la
LOPRE se incrementaron las denuncias
sobre el sesgo a favor del actual régimen, en el diseño de los distritos
electorales en las elecciones parlamentarias 2010 y regionales 2012, provenientes
de partidos políticos de oposición, expertos en el área, e incluso desde el
mismo Consejo Nacional Electoral[13].
Informe 2012-
2013 Electoral Integrity Project https://www.dropbox.com/s/a7az1ruv7oh581b/The%20Year%20in%20Elections%202013%2024%20Feb%202014.pdf?dl=0
Informe
(Parcial) 2015 IDEA Internacional http://www.idea.int/americas/upload/Informe-Vzla-16-nov.pdf
Informe CAPEL
2015 http://www.iidh.ed.cr/IIDH/media/3618/informe-capel-2015-baja.pdf
[2] Ver Reglamento de la
Ley Orgánica de Procesos Electorales (2013 )(Título XIV) http://www.cne.gov.ve/web/normativa_electoral/reglamentos/Reglamento_General_LOPRE.pdf
[3] CNE. Dirección de Relaciones Internacionales (2012). Presentación “El
Acompañamiento electoral en los procesos electorales en Venezuela” presentada
en el ciclo de Conferencias “El ejercicio de la democracia y el Poder Electoral
en Venezuela”.
CAPEL Citado
[12] prodavinci.com/blogs/que-tanto-beneficia-al-chavismo-la-propuesta-de-circunscripciones-del-cne-por-eugenio-martinez
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